93 794 31 68

¿Qué ventajas esconden los planes individuales de ahorro para la jubilación?

26/10/2018
Por:   La Vanguardia

¿Qué ventajas esconden los planes individuales de ahorro para la jubilación?

A pesar de la recomendación de los expertos de iniciar por nuestra cuenta la previsión de ahorro para la jubilación en torno a los 34 años, muy pocas personas en España siguen este consejo. Las entidades aseguradoras insisten ante sus clientes sobre la necesidad de mantener el poder adquisitivo una vez terminada la etapa laboral y ofrecen productos que favorecen el ahorro a largo plazo.

Especialmente alejados del ahorro aparecen los jóvenes españoles entre los 18 y los 24 años. El último Informe Europeo de Pagos de Consumidores que el 68% de éstos admiten necesitar más formación para manejar sus finanzas cotidianas. A la vez, otras investigaciones señalan que más del 55% de los españoles confiesa que no ahorra para su jubilación.

En paralelo, el mercado de productos de seguros de vida ahorro y previsión, que permiten complementar la pensión pública para la jubilación, suscita un interés creciente entre los ahorradores. Cada vez más, señalan los expertos, las compañías aparecen como proveedores de productos especializados en ahorros en un momento en que crece la incertidumbre respecto a la fortaleza del sistema público de pensiones en un futuro no muy lejano. Estos mismos especialistas recomiendan obtener la máxima información a la hora de complementar la pensión pública y asesorarse bien en materia de planificación financiera para esta etapa de la vida.

La patronal señala que diez millones de personas en España confían sus ahorros al seguro

Según la Asociación Empresarial del Seguro (Unespa), unos 10 millones de españoles y españolas confían sus ahorros al seguro en sus diferentes productos tales como Planes de Previsión Asegurados (PPA’S), rentas vitalicias y temporales, capitales diferidos, Planes Individuales de Ahorro Sistemáticos (PIAS), Seguros Individuales de Ahorro a Largo Plazo (SIALP) y los unit linked.

Las prestaciones de los PPI y PPA tributan como rendimientos del trabajo, es decir al tipo marginal que va del 19% para rentas inferiores a 12.450 euros al 45% para rentas que superan los 60.000 euros. Las PPA serían productos adecuados para ahorradores que prefieran ventajas fiscales estando en activo. Otros productos, como los seguros de ahorro vida, en cambio, no ofrecen bonificación fiscal y los rendimientos tributaran en una horquilla que va del 19% al 23%.

Los SIALP (Seguros Individuales de Ahorro a Largo Plazo) mantienen la exención fiscal si se mantiene la inversión un mínimo de 5 años sin superar los 5.000 euros de aportación personal al año.

Los ahorradores que deseen disponer de una renta vitalicia tienen en un PIAS (Plan Individual de Ahorro Sistemático) un óptimo refugio que ofrece también exención fiscal. La condición es que trascurran 5 años desde la primea prima a la hora de rescatar el dinero y además hay una limitación anual de 8000 euros con una aportación máxima de 240.000 euros.

En general, los expertos tienden a recomendar, para los ahorradores de perfil más conservador, los Planes de Previsión Asegurada (PPA’s) que ofrecen una jubilación segura a un tipo de interés mínimo garantizado para toda la duración de la póliza, asegurando también a sus clientes que los  ahorros para la jubilación nunca se verán reducidos debido a las variaciones de los mercados financieros.

 

Las ventajas de los PPA’S en materia fiscal suponen el pago de menos impuestos con reducciones de hasta el 45%

Tal y como explica el Banco de España, los planes de pensiones nacieron en España en 1987 como “un contrato mediante el cual un inversor realiza unas aportaciones, que se invierten a través de un fondo de pensiones. La participación en estos fondos ofrece una rentabilidad variable, ya que tienen un valor liquidativo diario que fluctúa de acuerdo con la evolución de los mercados y con la estructura de la cartera de valores en que se ha materializado la inversión”.

Para los especialistas de Allianz Seguros, las principales ventajas de los Planes de Previsión Asegurada, creados en España en 2002 por la Ley del IRPF, de la compañía son: reducir la base imponible del IRPF que permite en la práctica un ahorro en el pago de impuestos de acuerdo con la Fiscalidad establecida para este tipo de planes, pudiendo llegar al 45% de la aportación realizada (a partir de 2016 y con variaciones dependiendo de la Comunidad Autónoma); expectativa de mayor rentabilidad sin riesgos, con productos centrados en la inversión en renta variable sin perder la garantía mínima a la jubilación u otros que fija un interés mínimo garantizado desde el inicio para toda la duración del período de ahorro; aportaciones extraordinarias para facilitar al tomador un modelo flexible que permite aportaciones extra en función de la legislación vigente y la suspensión y reanudación de aportaciones de manera que se pueden interrumpir las primas periódicas fijadas en el contrato.

Además de los beneficios fiscales de los PPA’s las pólizas garantizan el capital aportado. Las coberturas se extienden para jubilación o situación asimilable, fallecimiento, invalidez (total, absoluta o gran invalidez) o dependencia (severa o gran dependencia). Al mismo tiempo, se mantiene la capacidad para disponer anticipadamente de los ahorros en situación como enfermedad grave o desempleo por períodos de larga duración.

Los expertos recomiendan una buena planificación de la jubilación en base a un buen ahorro y una manera segura del cobro del dinero ahorrado

Las compañías aseguradoras expertas en productos de ahorro  a largo plazo y cobertura del riesgo de longevidad de sus clientes, atienden la expectativa de vida cada vez mayor de los jubilados. Los especialistas recomiendan que  el ahorro para la jubilación y la gestión del cobro de la prestación de ese ahorro sean la clave para una buena planificación. Igualmente importante es conocer cómo es la fiscalidad de los PPA’s en el período de ahorro que coincide con la etapa profesional activa que se refleja en la declaración de Renta anual.

Fiscalidad de los PPA’S

Si la prestación, tanto principal como complementaria, se recibe en forma de capital, tributará en el IRPF en el año fiscal de su cobro, como rendimiento del trabajo personal.

Existe un régimen transitorio para las aportaciones realizadas antes del 1/01/2007. Éstas, disfrutarán de ventajas fiscales, siempre que el capital derivado de estas aportaciones se perciba al cabo de dos años desde el pago de la primera prima. En este caso, sólo se incluirá como Rendimiento del trabajo personal el 60% del capital, por lo que resultará exento el 40% (el plazo de dos años no será exigible en el caso de prestaciones por invalidez). Estos porcentajes pueden variar según la Comunidad Autónoma donde se tribute.

Adicionalmente, se deben cumplir los siguientes plazos establecidos por ley.

  • Desde 2015, parabeneficiarse de la reducción del 40%, se debe solicitar el cobro de la prestación en forma de capital en el mismo ejercicio que acaezca la contingencia o en los dos ejercicios siguientes.
  • En caso de contingencias acaecidas en los ejercicios desde 2011 a 2014, la reducción del 40% podrá ser de aplicación a las prestaciones percibidas hasta la finalización del octavo ejercicio siguiente a aquél en el que acaeció la contingencia correspondiente.
  • En caso de contingencias acaecidas en los ejercicios 2010 o anteriores, el régimen transitorio podrá ser de aplicación, en su caso, a las prestaciones percibidas hasta el 31 de diciembre de 2018.

 

Si la prestación, tanto principal como complementaria, se recibe en forma de disposiciones periódicas, éstas tributarán en el IRPF como rendimiento del trabajo personal. Si la prestación, tanto principal como complementaria, se recibe de forma mixta, como parte en capital y parte en disposiciones periódicas, tributará cada parte según lo anteriormente especificado, disfrutando, si procede, a la parte de capital de las exenciones que pudieran corresponderle.

Los Unit Links ofrecen aseguramiento vinculado a inversión en fondos con mayor riesgo que hay que conocer antes de invertir

El mercado asegurador ofrece también productos para aquellos ahorradores más acostumbrados al entorno financiero, capaces de ser más flexibles a la hora de asumir mayor riesgo en sus inversiones. Es el caso de los unit links, seguros de ahorro que dirigen las primas a una cesta de inversiones a disposición del cliente. El tomador de estas pólizas puede además elegir niveles de riesgo diferentes y mantener el control sobre su dinero estando siempre bien asesorado.

Está claro que junto al mayor componente de riesgos de los unit links,éstos ofrecen mayor expectativa de rentabilidad que otros productos más tradicionales y apuestan por una mayor diversificación a la hora de invertir tanto en activos como en áreas y países diferentes.

Esta fórmula de inversión y ahorro garantiza también la posibilidad de realizar aportaciones únicas o de manera periódica o extraordinaria. Y mantiene la posibilidad de rescate parcial o total del dinero, así como el traspaso, según las condiciones pactadas.

Los especialistas destacan que esta modalidad de seguro de ahorro permite que el cliente no pague impuestos por estos conceptos hasta el reembolso de la inversión, que goza de determinadas ventajas fiscales.

Fiscalidad de los Unit Links

Los rendimientos obtenidos tienen la consideración de rendimiento íntegro del capital mobiliario, tributando como renta del ahorro en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, sometido a una retención del 19% a practicar por la Compañía.

En caso de fallecimiento del asegurado, la tributación será según el Impuesto de Sucesiones. En estos casos, los seguros de vida tienen una reducción en 9.195,49€ (normativa general). Muy importante: el parentesco con el contratante fallecido ha de ser de cónyuge, ascendiente, descendiente adoptante o adoptado.

Para las personas jurídicas, la fiscalidad de los unit links permite que no se tribute mientras no se solicite el reembolso y la renta obtenida tiene la consideración de variación patrimonial, que se incluirá con el resto de rendimientos de la Sociedad tributando al tipo correspondiente.

Es muy importante tener presente que Banco de España define los unit links como un “seguro de vida que tiene la particularidad de que el cliente o tomador asume el riesgo de las inversiones que realiza la entidad aseguradora con sus primes”. Por ello cabe saber que ni el Banco de España ni tampoco la Comisión Nacional del Mercado de Valores son garantía para estos productos. Es fundamental informarse y asesorarse bien a la hora de escoger este producto y conocer la reputación de la compañía aseguradora que lo ofrece ya que de ella depende la responsabilidad de la inversión. La elección de una compañía solvente y profesional es muy importante ya que la comercialización de los unit links se ampara en la regulación del mercado del seguro y no en la del mercado de valores.

 

Con la intención de mantener informados a los clientes, destacan los expertos de Allianz Seguros, este tipo de pólizas suelen incorporar mecanismos de “alarma” (aviso e información) sobre los cambios de Inversiones, perspectiva de beneficios y notificación de pérdidas. Lo más habitual es que las diferentes compañías aseguradoras lancen propuestas de unit links con diferentes grados de riesgos para el tomador. Así, intentan adaptarse a las preferencias de clientes más prudentes o más arriesgados con sus inversiones.

Finalmente, es preciso recordar que en todo este tipo de productos que vinculan seguro e inversión no puede obviarse la solvencia de las empresas del sector a la hora de contratar nuestra póliza en un mercado creciente. En España, señala Unespa, casi una de cada cuatro personas que ahorra a través del seguro tiene entre 46 y 55 años (23,58%). Le siguen en importancia la gente de entre 56 y 65 años (20,36%) y los situados entre los 36 y los 45 años (18,07%).

 



Comparta esta noticia en: